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Aprovecha las rebajas tributarias del Beneficio DFL2

Esta normativa se diseñó para promover la adquisición de inmuebles habitacionales.

¡Descubre con nosotras cómo puedes aprovechar al máximo los beneficios del DFL 2!

Las propiedades registradas en el Decreto con Fuerza de Ley Nº2 con el Beneficio DFL 2 cuentan con rebajas tributarias. Si estás buscando una nueva vivienda, te invitamos a explorar nuestras opciones en nuestra página Web o solicitar nuestro asesoramiento cercano y experto.

Este decreto de Ley tiene origen en 1959, con el Decreto con Fuerza de Ley Nº2, conocido como Beneficio DFL 2, normativa diseñada a finales de la década de los cincuenta para promover la adquisición de inmuebles habitacionales, entregando diversos beneficios tributarios respecto a aquellas propiedades con exclusivo destino a vivienda, y que además cumplieran con los demás requisitos exigidos por este Decreto.

¿Qué propiedades están acogidas a DFL 2 y quiénes pueden ser beneficiarios?

Están acogidas las propiedades de uso habitacional, ya sean casas o departamentos, con una superficie construida que no supere los 140 mt2 y que estén registradas con el beneficio DFL 2 a través de su recepción municipal, lo cual consta además en la escritura pública respectiva. Por lo tanto, no rige respecto a bodegas y estacionamientos, aunque integren una propiedad habitacional.

Podrá acogerse a este beneficio, cualquier persona natural y la empresa individual de responsabilidad limitada.

¿Qué beneficios contempla el DFL 2?

Las propiedades acogidas al DFL 2 están exentas del 50% en el pago de las contribuciones, con un máximo de dos viviendas por persona natural. La duración del beneficio es de 20 años respecto aquellas viviendas hasta 70 mts2 ; en aquella de más de 70 mts2 hasta 100 mts2 el beneficio es por 15 años, y en aquellas de más de 100  hasta 140 mts2, el beneficio es por 10 años. El plazo respecto a los metros construidos y su descuento, siempre se considera a contar de la recepción municipal de la propiedad.

Otro beneficio de gran relevancia, dice relación a los ingresos por arriendo de una vivienda acogida a DFL 2, ya que tales ingresos no son considerados como rentas, independiente de su fecha de adquisición, hasta un máximo de 2 propiedades acogidas al beneficio que comentamos. Por ende su tratamiento tributario es distinto al de otro tipo de bienes raíces.

Otros beneficios 

  • Reducción arancelario de carácter notarial, por extensión de escritura pública con motivo de la construcción o transferencia de «viviendas económicas», hasta el plazo de dos años siguientes a su recepción municipal.
  • Rebaja del 50% en el arancel del Conservador de Bienes Raíces al inscribir una vivienda nueva.
  • Reducción en la tasa de timbres y estampillas al adquirir un crédito hipotecario (0,2% del total del crédito, frente al 0,8% para viviendas no acogidas al DFL 2).
  • Exención del impuesto a la herencia y donaciones para viviendas DFL 2, siempre que la propiedad se haya adquirido en primera compra o transferencia; entre otros.

Es importante señalar que el beneficio DFL 2 se pierde si la propiedad deja de ser habitacional, o si la superficie construida supera los 140 mts2 (sin contar estacionamiento, jardín y piscina). Por lo mismo, las ampliaciones permitidas deben respetar estos límites y así mismo contar con la recepción municipal correspondiente, ya que tal situación es materia de actual fiscalización en terreno por parte de funcionarios del SII. Siempre recomendamos realizar la declaración de impuestos asesorado por profesionales con experiencia en la materia, y en todo momento realizarla con un alto estándar de transparencia. Se agrega que el DFL2 considera en su regulación aquellos casos en que la persona que habita la propiedad tenga un pequeño uso comercial para con este; ejemplo concreto será el caso de un kiosco de barrio junto a la casa, o un taller artesanal , pero siempre manteniendo en su destino el uso esencialmente habitacional.

Para verificar si tu vivienda está acogida a este beneficio, visita el sitio del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl)

Documento revisado por Nicolás Ureta Montero, socio estratégico del bufete de abogados especializado en propiedades, Legal Broker.

 

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